Corficolombiana pagará $80 millones de dólares estadounidenses para resolver las investigaciones por soborno en el extranjero

Tomado de Justice.gov

La Corporación Financiera Colombiana S.A. (Corficolombiana), una institución colombiana de servicios financieros, ha acordado pagar más de $80 millones de dólares estadounidenses para resolver las investigaciones paralelas sobre sobornos realizadas por autoridades penales, civiles y administrativas de los Estados Unidos y Colombia, derivadas del involucramiento de la empresa en un ardid para pagar millones de dólares en sobornos a altos funcionarios del Gobierno de Colombia. 

La resolución del Departamento de Justicia de EE. UU. se coordina con las autoridades de Colombia, así como con la Comisión de Bolsa y Valores (SEC, por su siglas en inglés) de EE. UU. 

Según los documentos del tribunal, Corficolombiana firmó un acuerdo de procesamiento diferido (DPA, por sus siglas en inglés) de tres años con el Departamento en relación con una querella penal presentada en el Tribunal de Distrito de Maryland en la que se le imputaba el cargo de asociación delictuosa para violar la disposición contra el soborno de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés). Corficolombiana era propiedad mayoritaria y estaba controlada por el Grupo Aval Acciones y Valores S.A., un holding colombiano y emisor en los Estados Unidos.

Según los documentos del tribunal, entre 2012 y 2015, Corficolombiana se unió en una asociación delictuosa para ofrecer y pagar más de $23 millones de dólares estadounidenses en sobornos a altos funcionarios del gobierno colombiano con el fin de obtener un contrato para construir y operar una autopista de peaje conocida como la Ampliación Ocaña-Gamarra. Corficolombiana se unió en una asociación delictuosa con Odebrecht S.A. (Odebrecht), un conglomerado mundial de la construcción con sede en Brasil, para pagar sobornos a funcionarios del gobierno colombiano de las ramas ejecutiva y legislativa y a un ejecutivo de la entidad de infraestructuras de propiedad estatal de Colombia, con el fin de obtener los derechos para construir y operar la Ampliación Ocaña-Gamarra. Para llevar a cabo el ardid de sobornos, Corficolombiana causó que otras entidades firmaran contratos ficticios con empresas asociadas con intermediarios que pasaban los pagos de sobornos a los funcionarios del gobierno colombiano. En última instancia, Corficolombiana obtuvo aproximadamente $28.63 millones de dólares estadounidenses de ganancias provenientes de los negocios obtenidos de forma corrupta.

“Corficolombiana, junto con sus coconspiradores, acordó pagar más de $20 millones de dólares estadounidenses en sobornos a altos funcionarios del Gobierno colombiano para conseguir un gran proyecto de infraestructuras,” declaró la fiscal general adjunta en funciones Nicole M. Argentieri, de la División Penal del Departamento de Justicia. “La resolución de hoy, la primera coordinada con las autoridades colombianas en un caso de soborno en el extranjero, refleja el compromiso del Departamento de Justicia de trabajar hombro a hombro con nuestros socios extranjeros para combatir la corrupción transnacional y exigir responsabilidades a las empresas que descaradamente pagan sobornos para obtener beneficios económicos”.

“Corficolombiana ha reconocido su papel en un importante ardid de sobornos en el extranjero, y por ello se le exigen responsabilidades,” dijo el fiscal federal del Distrito de Maryland, Erek L. Barron. “En virtud del DPA, la empresa está pagando una importante sanción penal y seguirá cooperando con los Estados Unidos en las investigaciones penales relacionadas con esta conducta. Mi oficina se complace en ser parte de este primer procesamiento conjunto con las autoridades colombianas por sobornos en el marco de la FCPA”.

De conformidad con el DPA, Corficolombiana pagará una sanción penal de $40.6 millones de dólares estadounidenses. El Departamento ha acordado descontar hasta la mitad de esa sanción penal del dinero que la empresa y su filial, Estudios y Proyectos del Sol S.A.S. (Episol), pagaron a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia, por violaciones de las leyes colombianas relacionadas con la misma conducta, siempre que la empresa y Episol desistan de apelar la resolución de la SIC. Además, Corficolombiana pagará más de $40 millones de dólares estadounidenses en concepto de reembolso por daños y perjuicios e intereses como parte de la resolución de la investigación paralela de la SEC.

De conformidad con el DPA, Corficolombiana ha acordado seguir cooperando con el Departamento en cualquier investigación penal en curso o futura relacionada con esta conducta. Además, en virtud del acuerdo, Corficolombiana acordó seguir mejorando su programa de cumplimiento normativo y proporcionar informes al Departamento en relación con la reparación y la aplicación de medidas de cumplimiento normativo durante el término del DPA.

“La resolución de hoy demuestra que la justicia tiene un precio muy alto para quien intenta sobornar a funcionarios de gobiernos extranjeros,” declaró el subdirector Luis Quesada, de la División de Investigaciones Penales del FBI. “Ardides como este violan la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero y son un intento de socavar fundamentalmente el espíritu de la competencia económica. El FBI se dedica a proteger la integridad del mercado mundial, lo que significa investigar los sobornos de cualquier cuantía y prevenir la corrupción de funcionarios a todos los niveles”.

El Departamento llegó a esta resolución con Corficolombiana basándose en una serie de factores, incluso, entre ellos, la naturaleza y gravedad de la infracción. Corficolombiana recibió crédito por su cooperación con la investigación del Departamento, que incluyó (i) la entrega oportuna de los datos obtenidos a través de la investigación interna de la empresa; (ii) la realización de numerosas presentaciones detalladas de hechos que resumían cierta información clave sobre los hechos; (iii) la presentación de documentos a los que, de otro modo, el gobierno no habría tenido acceso de forma que no implicaran leyes extranjeras de privacidad de datos; (iv) la prestación de testimonio jurado de procedimientos penales y administrativos colombianos de testigos relevantes a los que el gobierno no pudo entrevistar de forma independiente; (v) la identificación proactiva de información previamente desconocida para el gobierno; y (vi) la recolección y producción de voluminosos documentos y traducciones relevantes, incluso documentos ubicados fuera de los Estados Unidos..

La empresa emprendió rápidamente amplias medidas correctoras que incluían, entre ellas (i) la realización de un análisis de las causas profundas de las conductas detectadas durante las investigaciones internas y la pronta adopción de medidas para mejorar su gobierno corporativo y sus controles en las entidades de empresas conjuntas, así como la mejora de su supervisión de las empresas conjuntas e inversiones no controladas; (ii) la revisión de su programa de cumplimiento normativo (iii) la mejora de su proceso de gestión de riesgos de terceros intermediarios; (iv) la aplicación de un proceso sólido para informar e investigar alegatos de mala conducta; (v) el establecimiento de un proceso disciplinario supervisado por un comité de ética interfuncional; (vi) la realización de pruebas de su programa de cumplimiento anticorrupción; y (vii) la realización de una revisión periódica y la actualización de su programa de cumplimiento anticorrupción. A la luz de estas consideraciones, la sanción penal calculada con arreglo a las Directrices sobre sentencias de EE. UU. refleja una reducción del 30% de la parte inferior de la gama de multas establecida.   

La Brigada de Corrupción Internacional del FBI en Miami está investigando el caso. La Oficina de Asuntos Internacionales del Departamento de Justicia, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Fiscalía General de la Nación de Colombia proporcionaron asistencia sustancial en el asunto.

El fiscal Michael Culhane Harper, de la Sección de Fraude de la División Penal, y el fiscal auxiliar de los EE. UU. David I. Salem para el Distrito de Maryland, están procesando el caso. 

La Sección de Fraude de la División Penal se encarga de investigar y procesar los asuntos relacionados con la FCPA. Además, puede obtenerse más información sobre la aplicación de la FCPA por el Departamento de Justicia en www.justice.gov/criminal/fraud/fcpa.

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